Legislación › Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Artículo 41. Sanciones administrativas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de noviembre de 2002 y la del 6 de noviembre de 2004.
Tachado: lo que se quitó (261 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 41. Sanciones administrativas.
1. Por la comisión de infracciones muy graves será impuesta, en todo caso, a la entidad aseguradora, una de las siguientes sanciones: (Derogado)
a) Revocación de la autorización administrativa.
b) Suspensión de la autorización administrativa para operar en uno o varios ramos en los que esté autorizada la entidad aseguradora, por un período no superior a diez años ni inferior a cinco.
c) Dar publicidad a la conducta constitutiva de la infracción muy grave.
d) Multa por importe de hasta el uno por ciento de sus fondos propios, o desde 150.000 hasta 300.000 euros si aquel porcentaje fuera inferior a 150.000 euros.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso de imposición de las sanciones previstas en las letras a), b) y d) del mismo podrá imponerse simultáneamente la sanción prevista en su letra c).
2. Por la comisión de infracciones graves se impondrá a la entidad aseguradora una de las siguientes sanciones:
a) Suspensión de la autorización administrativa para operar en uno o varios ramos en un período de hasta cinco años.
b) Dar publicidad a la conducta constitutiva de la infracción grave.
c) Multa por importe desde 30.000 hasta 150.000 euros.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso de imposición de las sanciones previstas en las letras a) y c) del mismo podrá imponerse simultáneamente la sanción prevista en su letra b).
3. Por la comisión de infracciones leves se impondrá a la entidad aseguradora la sanción de multa, que podrá alcanzar hasta el importe de 30.000 euros o la de amonestación privada.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de noviembre de 2004 En vigor | BOE-A-2004-18908 | Leer | Qué cambió |
| 24 de noviembre de 2002 | BOE-A-2002-22807 | Leer | Qué cambió |
| 24 de octubre de 2001 | BOE-A-2001-18591 | Leer | Qué cambió |
| 10 de noviembre de 1995 | Texto original | Leer |


