Legislación › Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Disposición adicional novena bis. Personal militar.
Disposición adicional novena bis. Personal militar.
Lo previsto en los capítulos III, V y VII de esta Ley se aplicará de acuerdo con la normativa específica militar.
Se añade por la disposición final 2.2 de la Ley 31/2006, de 18 de octubre. BOE-A-2006-18204
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