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Legislación › Ley 7/1994, de 29 de diciembre, por la que se crea el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.

Artículo 5.

Artículo 5.

Corresponden al Consejo de Dirección las más amplias facultades de gobierno y administración del ILGGA y, especialmente, el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Establecer las líneas de actuación del ILGGA a través de planes y programas de actuación.

b) Elaborar y aprobar el anteproyecto de presupuestos del Instituto.

c) Aprobar la memoria de actividades del Instituto.

d) Decidir sobre todas las cuestiones relacionadas con la organización, funcionamiento y operaciones que tiene que realizar el ILGGA.

e) Dictar las normas de funcionamiento del propio Consejo.

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