Legislación › Ley 7/1994, de 29 de diciembre, por la que se crea el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
La Xunta de Galicia habilitará los medios materiales y humanos precisos para garantizar la eficaz realización de las funciones del Instituto.
← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →


