Legislación › Ley 7/1994, de 29 de diciembre, por la que se crea el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
En tanto no se proceda al nombramiento de director, la dirección del Instituto será asumida por el director general de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias. Disposición final primera.
Se autoriza al Consello de la Xunta a dictar cuantas normas sean precisas para efectuar el desarrollo y la correcta aplicación de esta ley.
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