LexTotal

Legislación › Ley 33/1995, de 20 de noviembre de 1995, de declaración del Parque Nacional de Cabañeros.

Artículo 2. Objeto.

Artículo 2. Objeto.

La declaración del espacio natural denominado Cabañeros como Parque Nacional, tiene por objeto:

a) Proteger la integridad de sus ecosistemas, que constituyen una extraordinaria representación del bosque mediterráneo español.

b) Asegurar la conservación y la recuperación, en su caso, de los hábitats que lo forman y las especies que lo pueblan.

c) Contribuir a la protección, el fomento y la difusión de los valores culturales que conforman su historia.

d) Facilitar su conocimiento y disfrute por los ciudadanos, de forma que sea compatible con su conservación.

e) Promover el desarrollo sostenible social, económico y cultural de los habitantes de la comarca de Cabañeros.

f) Aportar al patrimonio nacional, europeo y mundial una muestra representativa de los ecosistemas de bosque mediterráneo, incorporando Cabañeros a los programas nacionales e internacionales de conservación de la biodiversidad.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →