Legislación › Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 156.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 1996 y la del 1 de julio de 2015.
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Artículo 156.
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el consentimiento válida, libre, consciente y expresamente emitido exime de responsabilidad penal en los supuestos de trasplante de órganos efectuado con arreglo a lo dispuesto en la Ley, ley, esterilizaciones y cirugía transexual realizadas por facultativo, salvo que el consentimiento se haya obtenido viciadamente, o mediante precio o recompensa, o el otorgante sea menor de edad o incapaz; carezca absolutamente de aptitud para prestarlo, en cuyo caso no será válido el prestado por éstos ni por sus representantes legales.
Sin embargo, no No será punible la esterilización acordada por órgano judicial en el caso de persona incapacitada personas que adolezca de grave deficiencia psíquica cuando aquélla, tomándose como criterio rector el del mayor interés del incapaz, haya sido autorizada por el Juez, bien forma permanente no puedan prestar en modo alguno el mismo procedimiento consentimiento al que se refiere el párrafo anterior, siempre que se trate de incapacitación, bien supuestos excepcionales en un expediente los que se produzca grave conflicto de jurisdicción voluntaria, tramitado con posterioridad al mismo, bienes jurídicos protegidos, a petición del representante legal del incapaz, oído el dictamen fin de dos especialistas, salvaguardar el Ministerio Fiscal y previa exploración mayor interés del incapaz. afectado, todo ello con arreglo a lo establecido en la legislación civil.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de diciembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-16345 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2015 | BOE-A-2015-3439 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 1996 | Texto original | Leer |


