Legislación › Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 406.
Artículo 406.
La misma pena de multa se impondrá a la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de posesión mencionada en el artículo anterior, sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles.


