Legislación › Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 83.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de junio de 1999 y la del 1 de octubre de 2004.
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Artículo 83.
1. La suspensión de la ejecución de la pena quedará siempre condicionada a que el reo no delinca en el plazo fijado por el Juez juez o Tribunal tribunal, conforme al artículo 80.2 de este Código. En el caso de que la pena suspendida fuese de prisión, el Juez juez o Tribunal tribunal sentenciador, si lo estima necesario, podrá también condicionar la suspensión al cumplimiento de las obligaciones o deberes que le haya fijado de entre las siguientes:
1.º 1.ª Prohibición de acudir a determinados lugares.
1.º bis) 2.ª Prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez juez o Tribunal, tribunal, o de comunicarse con ellos.
2.º 3.ª Prohibición de ausentarse sin autorización del Juez juez o Tribunal tribunal del lugar donde resida.
3.º 4.ª Comparecer personalmente ante el Juzgado juzgado o Tribunal, tribunal, o servicio de la Administración que éstos señalen, para informar de sus actividades y justificarlas.
4.º 5.ª Participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual y otros similares.
5.º 6.ª Cumplir los demás deberes que el Juez juez o Tribunal tribunal estime convenientes para la rehabilitación social del penado, previa conformidad de éste, siempre que no atenten contra su dignidad como persona.
Si se tratase de los delitos contemplados en los artículos 153 y 173.2 de este Código, el juez o tribunal condicionará en todo caso la suspensión al cumplimiento de las obligaciones o deberes previstos en las reglas 1.ª y 2.ª de este apartado.
2. Los servicios correspondientes de la Administración competente informarán al Juez o Tribunal sentenciador, al menos cada tres meses, sobre la observancia de las reglas de conducta impuestas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-14630 | Leer | Qué cambió |
| 25 de junio de 2021 | BOE-A-2021-9347 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2015 | BOE-A-2015-3439 | Leer | Qué cambió |
| 23 de diciembre de 2010 | BOE-A-2010-9953 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2005 | BOE-A-2004-21760 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2004 | BOE-A-2003-21538 | Leer | Qué cambió |
| 10 de junio de 1999 | BOE-A-1999-12907 | Leer | Qué cambió |
| 21 de mayo de 1999 | BOE-A-1999-9744 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 1996 | Texto original | Leer |


