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Legislación › Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Artículo 21. Exclusión de un bien del catálogo.

Artículo 21. Exclusión de un bien del catálogo.

La catalogación de un bien únicamente podrá dejarse sin efecto siguiendo los mismos trámites necesarios para su inclusión.

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