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Legislación › Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Artículo 25. Deber de conservar.

Artículo 25. Deber de conservar.

1. Los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del patrimonio cultural de Galicia están obligados a conservarlos, cuidarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

2. Los poderes públicos garantizarán la protección, conservación y enriquecimiento del patrimonio cultural de Galicia.

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