Legislación › Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
Artículo 25. Deber de conservar.
Artículo 25. Deber de conservar.
1. Los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del patrimonio cultural de Galicia están obligados a conservarlos, cuidarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.
2. Los poderes públicos garantizarán la protección, conservación y enriquecimiento del patrimonio cultural de Galicia.


