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Legislación › Real Decreto 1953/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece las funciones y se actualiza la composición del Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.

Artículo 1. Funciones del Comité Nacional FAO.

Artículo 1. Funciones del Comité Nacional FAO.

El Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura tendrá como funciones:

1. Asesorar e informar sobre las cuestiones relacionadas con la FAO a los diversos Ministerios competentes.

2. Preparar y proponer al Ministerio de Asuntos Exteriores las instrucciones destinadas a las delegaciones españolas en las conferencias generales y regionales de la organización.

3. Mantener el enlace entre los organismos oficiales y la FAO, sin perjuicio de la competencia específica del Ministerio de Asuntos Exteriores.

4. Mantener la debida conexión entre los distintos departamentos ministeriales en las materias relacionadas con la FAO.

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