Legislación › Real Decreto 1953/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece las funciones y se actualiza la composición del Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.
Artículo 1. Funciones del Comité Nacional FAO.
Artículo 1. Funciones del Comité Nacional FAO.
El Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura tendrá como funciones:
1. Asesorar e informar sobre las cuestiones relacionadas con la FAO a los diversos Ministerios competentes.
2. Preparar y proponer al Ministerio de Asuntos Exteriores las instrucciones destinadas a las delegaciones españolas en las conferencias generales y regionales de la organización.
3. Mantener el enlace entre los organismos oficiales y la FAO, sin perjuicio de la competencia específica del Ministerio de Asuntos Exteriores.
4. Mantener la debida conexión entre los distintos departamentos ministeriales en las materias relacionadas con la FAO.


