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Legislación › Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación y la integración en el mismo de los actuales Inspectores.

Artículo 14. Nombramiento de funcionarios de carrera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 1995 y la del 29 de febrero de 2004. Tachado: lo que se quitó (72 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 14. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Finalizado el período de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en las mismas reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria, los órganos convocantes aprobarán los expedientes del proceso selectivo y la lista de aspirantes que lo han superado, que se publicará de igual forma que la convocatoria y la remitirán al Ministerio de Educación y Ciencia a efectos de la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de febrero de 2004 En vigor BOE-A-2004-3715 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 1995 Texto original Leer

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