Legislación › Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación y la integración en el mismo de los actuales Inspectores.
Artículo 14. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 1995 y la del 29 de febrero de 2004.
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Artículo 14. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Finalizado el período de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en las mismas reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria, los órganos convocantes aprobarán los expedientes del proceso selectivo y la lista de aspirantes que lo han superado, que se publicará de igual forma que la convocatoria y la remitirán al Ministerio de Educación y Ciencia a efectos de la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de febrero de 2004 En vigor | BOE-A-2004-3715 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 1995 | Texto original | Leer |


