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Legislación › Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

La elaboración y aprobación de los planes rectores de uso y gestión de los espacios naturales protegidos, declarados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se realizará dentro del plazo máximo de cuatro años, a partir de dicha fecha.

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