LexTotal

Legislación › Real Decreto 53/1995, de 20 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de la cerveza y de la malta liquida.

Disposición adicional única.

Disposición adicional única.

Lo dispuesto en el presente Real Decreto se considerará norma básica en virtud de lo establecido en el artículo 149.1, 10.ª y 16.ª, de la Constitución y de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

← Artículo único Índice Disposición transitoria única →