Legislación › Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorros.
Artículo 40.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de enero de 1995 y la del 2 de junio de 2004.
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Artículo 40.
El nombramiento de los Consejeros/as Generales será irrevocable. Los Consejeros generales Consejeros/as Generales cesarán en el ejercicio de sus cargos cargos, única y exclusivamente en alguno de los supuestos siguientes: siguientes supuestos:
a) Por cumplimiento del plazo para el que fueron designados. designados o del período máximo de ejercicio del cargo, establecidos en el artículo 37 de la presente Ley.
b) Por renuncia, que habrá de formalizarse por escrito, escrito y ratificarse ante fedatario público, funcionario competente de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda, Política Financiera, Secretario de Ayuntamiento o Juzgado de Paz Paz, o ante el Presidente de la Caja de Ahorros.
c) Por defunción defunción, declaración de fallecimiento o ausencia legal, o por incapacidad legal.
d) Por pérdida de cualquiera de los requisitos que condicionan su elegibilidad, o de la representación en virtud de la que hubiesen sido nombrados. elegibilidad.
e) Por incurrir en algunas de las incompatibilidades específicas reguladas en esta Ley para cada uno de ellos. incompatibilidad sobrevenida.
f) Por acuerdo de separación adoptado por justa causa la Asamblea General, por mayoría de 3/5 de los asistentes asistentes, que alcancen la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea General. sus miembros, si se apreciara justa causa. A estos efectos, se entenderá que existe justa causa cuando el Consejero general Consejero/a General incumpla los deberes inherentes a su cargo, o perjudique notoriamente con su actuación actuación, pública o privada privada, el prestigio, buen nombre o actividad de la Caja. Caja de Ahorros. El acuerdo de separación habrá de ser motivado y se expedirá una copia certificada del acta acta, que se entregará al interesado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de junio de 2004 En vigor | BOE-A-2004-11259 | Leer | Qué cambió |
| 22 de enero de 1995 | Texto original | Leer |


