Legislación › Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.
Artículo 26.
Artículo 26.
La ciudad de Melilla, mediante acuerdo de su Asamblea, podrá proponer al Gobierno la adopción de las medidas necesarias para modificar las leyes y disposiciones generales aplicables, al objeto de adaptarlas a las peculiaridades de la Ciudad.


