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Legislación › Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Artículo 9. Amojonamiento.

Artículo 9. Amojonamiento.

El amojonamiento es el procedimiento administrativo en virtud del cual, una vez aprobado el deslinde, se determinan los límites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno.

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