LexTotal

Legislación › Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la Ley.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la Ley.

La presente Ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

← Disposición final tercera Índice