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Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
En vigor Ministerio para las Administraciones Públicas · Publicada el 10 de abril de 1995 · Último cambio el 4 de marzo de 2006 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Situaciones administrativas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Servicio activo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 4. Servicios especiales.
- Artículo 5. Cargo de carácter político.
- Artículo 6. Declaración de la situación de servicios especiales.
- Artículo 7. Reserva de puestos de trabajo.
- Artículo 8. Efectos de la situación de servicios especiales.
- Artículo 9. Solicitud de reingreso al servicio activo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 10. Funcionarios transferidos.
- Artículo 11. Funcionarios destinados a Comunidades Autónomas por otros procedimientos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 12. Expectativa de destino
- CAPÍTULO VI
- Artículo 13. Excedencia forzosa
- CAPÍTULO VII
- Artículo 14. Excedencia para el cuidado de hijos.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 15. Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. 2 redacciones · cambió el 04/03/2006
- Artículo 16. Excedencia voluntaria por interés particular.
- Artículo 17. Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
- Artículo 18. Excedencia voluntaria incentivada.
- Artículo 19. Efectos de la excedencia voluntaria.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 20. Suspensión de funciones.
- Artículo 21. Suspensión provisional.
- Artículo 22. Suspensión firme.
- CAPÍTULO X
- Artículo 23. Requisitos y efectos.
- Disposición adicional primera. Funcionarios de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales con destino en la Administración General del Estado.
- Disposición adicional segunda. Funcionarios de la Administración General del Estado destinados en Corporaciones Locales.
- Disposición adicional tercera. Personal destinado en Organos Constitucionales.
- Disposición adicional cuarta. Funcionarios docentes universitarios y personal funcionario propio de las Universidades.
- Disposición adicional quinta. Cesación progresiva de actividades.
- Disposición adicional sexta. Procedimientos en materia de gestión de personal.
- Disposición transitoria primera. Excedencia voluntaria de la disposición transitoria octava de la Ley 30/1984.
- Disposición transitoria segunda. Cómputo de plazos de la excedencia voluntaria por interés particular.


