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Legislación › Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Artículo 96.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 1995 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 96.
En aquellos procesos en que de las alegaciones de la parte actora se deduzca la existencia de indicios fundados de discriminación por razón de sexo sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, corresponderá al demandado la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2003-23936 Leer Qué cambió
1 de mayo de 1995 Texto original Leer

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