Legislación › Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
Los recursos contra las resoluciones judiciales que recaigan en procesos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 521/1990, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral, serán los contemplados en ésta y se tramitarán con arreglo a la misma.
Los procesos que al entrar en vigor el Real Decreto Legislativo 521/1990, de 27 de abril, estén en trámite, continuarán rigiéndose por la normativa que se modifica.
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