Legislación › Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte.
Artículo 15. Aprobación y ejecución.
Artículo 15. Aprobación y ejecución.
Corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del Plan Regional de Instalaciones Deportivas del Principado de Asturias.
Su ejecución podrá llevarse a cabo en colaboración con la Administración del Estado, concejos y entidades de interés público.


