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Legislación › Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte.

Artículo 15. Aprobación y ejecución.

Artículo 15. Aprobación y ejecución.

Corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del Plan Regional de Instalaciones Deportivas del Principado de Asturias.

Su ejecución podrá llevarse a cabo en colaboración con la Administración del Estado, concejos y entidades de interés público.

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