LexTotal

Legislación › Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte.

Artículo 24. Concepto.

Artículo 24. Concepto.

Son entidades deportivas a los efectos de esta Ley, aquellas asociaciones de carácter privado que tengan por objeto exclusivo o principal el fomento, el desarrollo y la práctica por parte de sus asociados, de una o varias modalidades o especialidades deportivas.

← Artículo 23 Índice Artículo 25 →