LexTotal

Legislación › Ley 12/1995, de 29 de diciembre, del impuesto sobre la Contaminación Atmosférica.

Artículo 12. Cuota tributaria.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 1 de enero de 2009. Tachado: lo que se quitó (66 palabras). Subrayado: lo que se añadió (74 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 12. Tarifa impositiva. Cuota tributaria.
1. El gravamen sobre La cuota tributaria vendrá determinada por la contaminación atmosférica se exigirá aplicación de acuerdo con la siguiente tarifa impositiva por tramos de base:
Tramos de base euros/t:
1.º ·
Euros/tm
·
De 0 a 100,00 tm anuales
·
0
·
De 100,01 a
1.000,00 t anuales: 0. tm anuales
2.º ·
36
·
De 1.000,01 a 3.000,00 tm anuales
·
50
·
De 3.000,01 a 7.000,00 tm anuales
·
70
·
De 7.000,01 a 15.000,00 tm anuales
·
95
·
De 15.000,01 a
40.000,00 t anuales: 33. tm anuales
3.º ·
120
·
De 40.000,01 a 80.000,00 t anuales: 36. tm anuales
4.º ·
150
·
De 80.000,01 t tm anuales en adelante: 42. adelante
·
200
·
2. La cuantía y tramos de la anterior tarifa podrán impositiva podrá ser modificados modificada por la Ley ley de Presupuestos presupuestos de cada año. A su vez, podrá establecerse un cuarto tramo de la tarifa anterior, con carácter regulador, con arreglo a lo previsto en la disposición adicional de la presente Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2009-4369 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2003-3399 Leer Qué cambió
1 de enero de 1996 Texto original Leer

← Artículo 11 Índice Artículo 13 →