Legislación › Ley 12/1995, de 29 de diciembre, del impuesto sobre la Contaminación Atmosférica.
Artículo 5. Órganos competentes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1996 y la del 1 de enero de 2015.
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Artículo 5. Órganos competentes.
1. La gestión, inspección y recaudación del Impuesto sobre la Contaminación Atmosférica corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda. (Suprimido).
2. La modificación de las tarifas impositivas, con arreglo a lo establecido en el artículo 11.2 de esta Ley, se efectuará previo informe de la Comisión Gallega del Medio Ambiente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-2606 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1996 | Texto original | Leer |


