Legislación › Ley 1/1996, de 5 de marzo, de regulación de las actividades feriales de Galicia.
Artículo 1. Objeto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de abril de 1996 y la del 18 de enero de 2011.
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Artículo 1. Objeto.
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de las actividades feriales que se celebren en Galicia, con excepción de las que señala el artículo siguiente.
2. Tendrán la condición de actividad ferial las manifestaciones de carácter comercial de duración limitada que, reuniendo una pluralidad de expositores, tengan por objeto la exhibición de bienes o la oferta de servicios. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-1649 | Leer | Qué cambió |
| 10 de abril de 1996 | Texto original | Leer |


