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Legislación › Real Decreto 838/1996, de 10 de mayo, por el que se reestructura el Gabinete y la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.

Artículo 4.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 1996 y la del 1 de agosto de 1998. Tachado: lo que se quitó (47 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4.
Bajo la dependencia del Presidente del Gobierno, se crea la Oficina del Presupuesto. Su titular tendrá el rango de Secretario de Estado. Corresponde a esta Oficina asistir al Presidente del Gobierno en la formulación de la política presupuestaria, así como en el seguimiento de los Presupuestos Generales. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de agosto de 1998 En vigor BOE-A-1998-18558 Leer Qué cambió
11 de mayo de 1996 Texto original Leer

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