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Legislación › Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

Artículo 7. Tramitación de las licencias.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de febrero de 1996 y la del 3 de marzo de 2010. Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 7. Tramitación de las licencias.
El otorgamiento de las licencias a que se refiere el artículo anterior corresponderá a la respectiva Comunidad Autónoma. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-3365 Leer Qué cambió
6 de febrero de 1996 Texto original Leer

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