Legislación › Ley 9/1996, de 15 de enero, por la que se adoptan medidas extraordinarias, excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos como consecuencia de la persistencia de la sequía.
Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley, y expresamente el Real Decreto-ley 6/1995, de 14 de julio, así como el Real Decreto 1589/1992, de 23 de diciembre, por el que se dictan las normas para las reducciones correspondientes a la producción de energía eléctrica.
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