Legislación › Resolución de 30 de abril de 1996, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regulan aspectos de ordenación académica de la Formación Profesional Específica de Grados Medio y Superior.
Undécimo.
Undécimo.
1. El plazo de reclamación sobre admisión de alumnos, ante el órgano que los dictó, será de tres días desde su notificación o publicación. Dicho órgano resolverá en el plazo de tres días.
2. Contra la decisión de las comisiones de Escolarización podrá interponerse recurso ordinario ante el Director provincial de Educación y Ciencia. Su resolución pondrá fin a la vía administrativa.


