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Legislación › Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

Artículo 66. Cotización en supuestos de reducción de jornada de trabajo con disminución proporcional de la retribución.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de agosto de 2011 y la del 18 de noviembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 66. Cotización en supuestos de reducción de jornada de trabajo con disminución proporcional de la retribución.
Lo dispuesto en el artículo anterior, a excepción de sus apartados 3 y 6, será de aplicación a la cotización relativa a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados que reduzcan su jornada de trabajo, con disminución proporcional de sus retribuciones, en virtud de lo dispuesto los supuestos previstos en el artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Trabajadores y en los artículos 48 y 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de noviembre de 2011 En vigor BOE-A-2011-17976 Leer Qué cambió
1 de agosto de 2011 BOE-A-2011-13119 Leer Qué cambió
26 de enero de 1996 Texto original Leer

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