Legislación › Ley 1/1996, de 14 de mayo, de Salud Mental de Cantabria.
Artículo 11.
Artículo 11.
En el marco de la Ley de Presupuestos Generales de la Diputación Regional de Cantabria el Consejo de Gobierno habilitará, dentro de la disponibilidad de recursos, los créditos presupuestarios necesarios para el desarrollo de las competencias que le corresponden en materia de salud mental.


