Legislación › Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones.
Artículo 35. De la asistencia e información al mayor.
Artículo 35. De la asistencia e información al mayor.
En el seno del Consejo Canario de los Mayores, determinado en el título I, capítulo l, se constituirá una comisión especialmente encargada de prestar asesoramiento e información permanente sobre todos aquellos aspectos relacionados con la situación y calidad de vida de las personas mayores.


