Legislación › Real Decreto 1880/1996, de 2 de agosto, por el que se regulan las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas.
Disposición transitoria única. Adaptación de las Agrupaciones existentes.
Disposición transitoria única. Adaptación de las Agrupaciones existentes.
Se establece un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, para que las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas se adapten a las disposiciones establecidas por el presente Real Decreto.
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