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Legislación › Real Decreto 2102/1996, de 20 de septiembre, sobre el control de emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) resultantes de almacenamiento y distribución de gasolina desde las terminales a las estaciones de servicio.

ANEXO IV

ANEXO IV

Especificaciones para la carga inferior, la recogida de vapores y la protección contra el exceso de llenado de los camiones cisterna europeos

1. Acoplamientos

a) El acoplamiento para líquidos del brazo de carga será un acoplamiento hembra que encaje en un adaptador macho API de 4 pulgadas (101,6 milímetros) situado en el vehículo, tal como se estipula en: Api Recommended Practice 1004. Seventh edition, november 1988.

Bottom Loading and Vapour Recovery for MC-306 Tank Motor Vehicles (Section 2.1.1.1, Type of Adapter used for Bottom Loading).

b) El acoplamiento para la recogida de vapores en la conducción de recogida de vapores del pórtico de la plataforma de carga será un acoplador hembra de leva y ranura que encaje en un adaptador macho de leva y ranura de 4 pulgadas, (101,6 milímetros) situado en el vehículo, tal como se estipula en: Api Recommended Practice 1004. Seventh edition, november 1988.

Bottom Loading and Vapour Recovery for MC-306 Tank Motor Vehicles (Section 4.1.1.2, Vapor Recovery Adapter).

2. Condiciones de carga

a) El caudal normal de carga de líquidos será de 2.300 litros por minuto (con un máximo de 2.500 litros por minuto) por brazo de carga.

b) En los períodos de actividad intensa de la terminal, el sistema de recogida de vapores del pórtico de la plataforma de carga, incluida la unidad de recuperación de vapores, podrá ejercer sobre el lado del vehículo donde se encuentre el adaptador para la recogida de vapores, una contrapresión máxima de 55 milibares.

c) Todos los vehículos de carga inferior homologados llevarán un placa de identificación en la que se especifique el número máximo autorizado de brazos de carga que puedan utilizarse simultáneamente con la garantía de que no haya escapes de vapor a través de las válvulas P y V de los compartimentos cuando la contrapresión máxima del sistema sea de 55 milibares, tal como se especifica en el apartado b).

3. Conexión de tierra del vehículo-detector de exceso de llenado del vehículo

El pórtico de la plataforma de carga estará equipado con una unidad de control para la detección de excesos de llenado que, una vez conectada al vehículo, dará una señal de autorización de fallo seguro que permita la carga, siempre que ningún sensor de exceso de llenado de los distintos compartimentos detecte un nivel alto.

a) El vehículo estará conectado a la unidad de control del pórtico de la plataforma de carga por medio de una toma eléctrica normalizada de 10 clavijas. La toma macho irá montada en el vehículo y la hembra irá unida a un cable flotante conectada a la unidad de control montada en el pórtico de la plataforma de carga.

b) Los detectores de niveles elevados del vehículo serán termistores de dos cables, sensores ópticos de dos alambres, sensores ópticos de cinco alambres o dispositivos compatibles equivalentes, siempre que el sistema sea de fallo seguro. (Nota: los termistores tendrán un coeficiente térmico negativo.)

c) La unidad de control del pórtico de la plataforma admitirá sistemas para vehículos tanto de dos como de cinco cables.

d) El vehículo estará unido al pórtico de la plataforma mediante el cable común de retorno de los sensores de exceso de llenado, que será conectado a la clavija 10 de la toma macho a través del chasis del vehículo. La clavija 10 de la toma hembra se conectará a la caja de la unidad de control, la cual estará conectada a la toma de tierra del pórtico de la plataforma.

e) Todos los vehículos de carga inferior homologados llevarán una placa de identificación [véase el apartado 2.c)] que especifique el tipo de sensores de exceso de llenado instalados (de dos o de cinco cables).

4. Localización de las conexiones

a) El diseño del equipo de carga de líquidos y de recogida de vapores del pórtico de la plataforma de carga se ajustará a la siguiente estructura de conexiones del vehículo:

1.º La altura de la línea central de los adaptadores para líquidos será de un máximo de 1,4 metros (sin carga) y de un mínimo de 0,5 metros (con carga), siendo aconsejable una altura de entre 0,7 y 1,0 metros.

2.º La distancia horizontal entre los adaptadores no será inferior a 0,25 metros siendo aconsejable una distancia mínima de 0,3 metros.

3.º Todos los adaptadores para líquidos estarán situados dentro de una estructura cuya longitud no exceda de 2,5 metros.

4.º El adaptador para recogida de vapores estará situado preferiblemente a la izquierda de los adaptadores para líquidos, visto de frente, y a una altura no superior a 1,5 metros (sin carga) ni inferior a 0,5 metros (con carga).

b) La conexión de tierra/exceso de llenado estará situada a la derecha de los adaptadores para líquidos y recogida de vapores, visto de frente, a una altura no superior a 1,5 metros (sin carga) ni inferior a 0,5 metros (con carga).

c) El sistema de conexión mencionado estará situado a un solo lado del vehículo.

5. Sistemas de bloqueo

a) Conexión a tierra/detector de exceso de llenado.

La carga no será posible sin una señal de autorización de la unidad de control combinada de conexión a tierra/detector de exceso de llenado.

En caso de exceso de llenado o de pérdida de la conexión a tierra del vehículo, la unidad de control del pórtico de la plataforma de carga cerrará la válvula de control de carga del pórtico.

b) Detección de recogida de vapores.

La carga no será posible salvo que se haya conectado al vehículo la conducción de recogida de vapores y que los vapores desplazados puedan circular libremente del vehículo al sistema de recogida de vapores de la instalación.

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