Legislación › Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
Artículo 18. Subvenciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de febrero de 1996 y la del 9 de enero de 2011.
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Artículo 18. Subvenciones.
La entidad de acreditación podrá recibir subvenciones con cargo a los presupuestos de la Administración pública que la designó, destinadas a garantizar el equilibrio de sus resultados de gestión en el ámbito de la acreditación. La concesión de las subvenciones se ajustará a lo dispuesto en la legislación vigente y serán objeto de control y fiscalización de acuerdo con lo dispuesto en las leyes. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-398 | Leer | Qué cambió |
| 7 de febrero de 1996 | Texto original | Leer |


