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Legislación › Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado.

Regla 29. Contabilización de las propuestas de pago a justificar

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de febrero de 1996 y la del 6 de junio de 2002. Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Regla 29. Contabilización de las propuestas de pago a justificar
1. La contabilización de propuestas de pago a justificar se realizará mediante documento ADOK ADOK, o, en su caso, OK, expedido a favor de la caja pagadora Caja Pagadora que deba efectuar el pago a los acreedores finales, debiendo indicarse como clave de tipo de pago la que corresponde a los pagos del pago a justificar. justificar que corresponda.
2. Los documentos ADOK a que se refiere el punto anterior se remitirán a la oficina de contabilidad. Antes de que la propuesta de pago quede contabilizada, se comprobarán los siguientes requisitos, determinándose las actuaciones que, en su caso, procedan:
a) Que Que, con cargo a los créditos presupuestarios a los que afecta dicha propuesta de pago pago, se puedan expedir pagos a justificar, de acuerdo con las normas aprobadas al respecto por el Departamento.
b) Que el importe de la propuesta se encuentra dentro de los límites cuantitativos establecidos en las citadas normas.
c) Que la caja pagadora Caja Pagadora a cuyo favor se expide la propuesta ha justificado todos los libramientos de esta naturaleza anteriormente percibidos o se encuentra dentro de los plazos legales para su justificación.
d) Que exista crédito suficiente en el presupuesto vigente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2002 En vigor BOE-A-2002-10789 Leer Qué cambió
28 de febrero de 1996 Texto original Leer

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