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Legislación › Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado.

Regla 39. Ejecución de gastos con cargo a anticipos de Tesorería

Regla 39. Ejecución de gastos con cargo a anticipos de Tesorería

La tramitación de gastos con cargo a un anticipo de Tesorería se desarrollará conforme a las reglas establecidas con carácter general en la sección 1.ª de este capítulo.

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