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Legislación › Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado.

Regla 53. Otras operaciones de fin de ejercicio.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de enero de 1998 y la del 24 de mayo de 2013. Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Regla 53. Periodificación de gastos presupuestarios
Cuando existan gastos que se liquiden por períodos que afecten a dos o más ejercicios contables, los servicios gestores deberán estimar al final de cada ejercicio los importes devengados y no vencidos de dichos gastos.
Los servicios Servicios gestores expedirán documentos de "Periodificación de gastos" en los que se incluirán las estimaciones indicadas en el apartado anterior. Dichos documentos se remitirán a las respectivas oficinas de contabilidad, sin necesidad de acompañar ningún justificante, antes de que finalice el mes del 15 de enero febrero del año siguiente siguiente, al que corresponda la periodificación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de septiembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-18530 Leer Qué cambió
3 de marzo de 2017 BOE-A-2017-2186 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2013 BOE-A-2013-5392 Leer Qué cambió
7 de enero de 1998 BOE-A-1998-171 Leer Qué cambió
28 de febrero de 1996 Texto original Leer

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