Legislación › Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Artículo 7. Estructura orgánica básica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de diciembre de 1996 y la del 14 de noviembre de 2025.
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Artículo 7. Estructura orgánica básica.
1. Dependen del Director general de la Dirección General las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General: subdirección general:
a) Secretaría General.
b) Subdirección General de Música y Danza. Personal.
c) Subdirección General de Teatro.
d) Subdirección General de
e) c) Subdirección General Económico-Administrativa.
2. Subdirección General de Música y Danza. Corresponde a esta Subdirección General la programación y ejecución de las actividades de música y danza del Instituto, conforme a las directrices del Director general. Secretaría
3. Subdirección General de Teatro. Corresponde a esta Subdirección General la programación y ejecución de las actividades teatrales del organismo, conforme a las directrices del Director general.
4.General. Corresponde a esta Subdirección General:
a) La supervisión y dirección de los asuntos de personal y de los económico-administrativos del Instituto. INAEM.
b) La coordinación de las Subdirecciones Generales de Personal y Económico-Administrativa.
c) Cuantas funciones le encomiende el Director general. la Dirección General.
5. Subdirección General de Personal. 3. Corresponde a esta la Subdirección General: General de Personal:
a) La gestión de los recursos humanos.
b) La inspección y la tramitación de expedientes sancionadores, dentro de las atribuciones del organismo.
c) La negociación y cumplimiento de los Convenios Colectivos del personal laboral.
6. Subdirección General Económico-Administrativa. 4. Corresponde a esta la Subdirección General: General Económico-Administrativa:
a) El ejercicio de las funciones de gestión económico-administrativa y financiera.
b) La elaboración del anteproyecto de presupuestos.
c) La gestión de los servicios generales y de régimen interior.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de noviembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22948 | Leer | Qué cambió |
| 21 de diciembre de 1996 | Texto original | Leer |


