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Legislación › Orden de 21 de noviembre de 1996 por la que se reestructura la Comisión general de la entidad estatal de seguros Agrarios y se constituyen Comisiones Territoriales de Seguros Agrarios, estableciéndose su composición y funciones.

Artículo 12.

Artículo 12.

Cuando el objeto de la reunión lo requiera, el Presidente, previo acuerdo con el Vicepresidente, podrá convocar a la sesión de la Comisión a expertos que la asistan en materia de su competencia, los cuales podrán intervenir con voz, pero sin voto.

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