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Legislación › Ley 14/1996, de 30 de diciembre, de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y de medidas fiscales complementarias.

Artículo 35. Régimen derogatorio.

Artículo 35. Régimen derogatorio.

Queda derogado el apartado tres bis del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.

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