Legislación › Orden de 18 de enero de 1996 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión Nacional para el Uso Racional de los Medicamentos.
Artículo 14. Sede de la Comisión Nacional.
Artículo 14. Sede de la Comisión Nacional.
La sede de la Comisión Nacional se fija en el Ministerio de Sanidad y Consumo, sin perjuicio de que se puedan celebrar reuniones en otros lugares y localidades. Tal circunstancia se expresará en las convocatorias.


