Legislación › Real Decreto 259/1996, de 16 de febrero, sobre incorporación a la Universidad de los estudios superiores de turismo.
Disposición transitoria sexta. Prueba de grado para la obtención del título de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de marzo de 1996 y la del 11 de diciembre de 1999.
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Disposición transitoria sexta. Alumnos. Prueba de
Los alumnos que actualmente cursan los estudiosTécnicos grado para la obtención del título de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas Turísticas.
No obstante lo establecido en las Escuelas Oficiales la disposición transitoria quinta anterior, la universidad en la que se haya integrado una Escuela Oficial de Turismo y o que haya autorizado a esta última a impartir las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas, al amparo de la disposición transitoria cuarta, apartado 1, del presente Real Decreto, podrá autorizar a dicha Escuela Oficial a realizar una prueba de grado para la obtención del indicado título, a expedir por la Universidad, a los alumnos de los centros de enseñanzas especializadas de turismo, adscritos a las mismas, mantendrán los derechos ellas en la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto, que les correspondan conforme al hayan superado los tres cursos completos del correspondiente plan de estudios. Análogamente, las universidades que, en virtud de lo estipulado en el apartado 1 de la disposición transitoria quinta, autoricen estos estudios a los centros de enseñanzas especializadas de turismo, desarrollarán y régimen vigentes. realizarán una prueba de grado, para la obtención del título de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas, a los alumnos de éstas que hayan completado los correspondientes estudios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de diciembre de 1999 En vigor | BOE-A-1999-23522 | Leer | Qué cambió |
| 6 de marzo de 1996 | Texto original | Leer |
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