Legislación › Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de agosto de 2012 y la del 27 de mayo de 2021.
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Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Todas las referencias de este real decreto al departamento que ejerce Se habilita a la protección persona titular del Estado sobre Cruz Roja Española se entienden efectuadas al Ministerio de Sanidad, Servicios Derechos Sociales e Igualdad. y Agenda 2030 para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de este real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de mayo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-8750 | Leer | Qué cambió |
| 31 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-11211 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2008 | BOE-A-2008-14464 | Leer | Qué cambió |
| 6 de marzo de 1996 | Texto original | Leer |
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