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Legislación › Real Decreto 318/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Artículo 4. Organos rectores y asesores.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de marzo de 1996 y la del 30 de septiembre de 2007. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Organos rectores y asesores.
1. Son órganos rectores del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía los siguientes:
a) El Presidente.
b) El Real Patronato del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
c) El Director. (Suprimida)
2. Sin perjuicio de la facultad de los órganos rectores de solicitar informes y asesoramiento para asuntos determinados a personas o entidades que estimen oportuno, podrá crearse un Consejo Técnico Asesor, con funciones de consulta y asesoramiento de los órganos rectores del Museo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de septiembre de 2007 En vigor BOE-A-2007-17082 Leer Qué cambió
15 de marzo de 1996 Texto original Leer

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