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Legislación › Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de determinadas entidades de derecho público.

Artículo 16. Información parlamentaria.

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Artículo 16. Información parlamentaria.
1. El Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales y de los de las sociedades participadas mayoritariamente por ésta informarán a las Comisiones del Congreso y del Senado correspondientes cuando sean requeridos para ello.
2. La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales y las empresas que la integran deberán remitir a las Cortes Generales Generales, a través de su Oficina Presupuestaria, la misma información y en los mismos plazos que la que las sociedades que cotizan en Bolsa están obligadas a presentar ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores. La Oficina pondrá dicha información a disposición de los Diputados, Senadores y las Comisiones parlamentarias.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2013-13616 Leer Qué cambió
6 de septiembre de 1997 BOE-A-1997-19424 Leer Qué cambió
13 de enero de 1996 Texto original Leer

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