Legislación › Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia.
Artículo 11. Control.
Artículo 11. Control.
La Junta de Galicia, una vez al año, presentará al Parlamento una memoria en la que se plasmará el estado en que se encuentran las directrices de ordenación del territorio.


