Legislación › Orden de 2 de abril de 1996 por la que se regula el régimen interno de actuación del Comité Español de Disciplina Deportiva.
Décimo. Comunicaciones aclaratorias.
Décimo. Comunicaciones aclaratorias.
El Comité, previa solicitud del interesado, formulada por escrito en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día siguiente al de la notificación, podrá aclarar los acuerdos y resoluciones adoptados, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la recepción de la correspondiente solicitud.


